Se reitera por este medio que nuestra Obra Social del Personal de la Construcción - Construir Salud - OSPECON cumple acabadamente con las disposiciones que establecen la cobertura para los pacientes celíacos, cuyos beneficios se encuentran previstos en el Art. 7 del Dcto. 528/11 y sus modificatorias introducidas por Res. 1365/15 del Ministerio de Salud, debiendo presentar para ello la documentación respaldatoria que acredite su condición habilitando el beneficio.