Para que pueda ser parte de nuestro Programa de Medicina Familiar, deberá completar los trámites de Afiliación, acercándose a cualquiera de nuestras Delegaciones con la documentación que se detalla al seleccionar su régimen.
Para acceder a los requisitos de las afiliaciones, debe hacer clic en el título según corresponda su condición de trabajador (botón izquierda).
En el momento de realizar la solicitud de afiliación, se le emite una constancia en carácter de Declaración Jurada donde figuran todos los datos provistos por el titular, que firma prestando conformidad a la misma.
Nuestra Obra Social tiene un sistema de atención propio basado en la medicina familiar, mediante el cual ofrece una cobertura integral de todas las necesidades de salud.
Por tal motivo, la totalidad de prestaciones se brindan dentro de NUESTROS servicios de salud y en consecuencia esto imposibilita la autorización de reintegros. Las prestaciones que recibirán a partir de la inscripción serán exclusivamente las establecidas y garantizadas en el Programa Médico Obligatorio (PMO) y de ACCESO PROGRESIVO ESTABLECIDO por la LEY según corresponda.”
• DNI
• Último recibo de sueldo
• DNI de TITULAR y Cónyuge
• Último recibo de sueldo del titular
• Acreditación de vínculo con el Acta de Matrimonio, Certificado o Libreta de Matrimonio del Reg. Civil
• Constancia de CUIL del cónyuge emitida por ANSES
• Certificación NEGATIVA emitida por ANSES
• DNI de TITULAR y Conviviente
• Certificado de domicilio de TITULAR y Conviviente
• Unión Convivencial emitido por Registro Civil o Información Sumaria Judicial actualizada donde debe exponer el titular acreditando la convivencia mayor a 2 (dos) años, que conste que el conviviente no percibe ningún beneficio social, jubilación ni pensión y todo lo dicho esté ratificado al menos por 2 testigos
• Certificación negativa ANSES del conviviente
• En caso que posean hijos en común podrá reemplazar la Unión Convivencial o la Información Sumaria Judicial por Certificado o Acta de Nacimiento
• Último recibo de sueldo
VIGENCIA: 1 año
RENOVACIÓN: Certificación negativa de ANSES actualizada y último recibo de sueldo
• DNI de TITULAR e Hijo
• Acreditación de vínculo con el Acta o Partida de nacimiento/Anotación en Libreta de Familia del Registro Civil
• Constancia de CUIL emitida por ANSES
Hijo mayor de 21 años, estudiante, hasta 25 años inclusive
• Igual documentación que "Hijo" más,
• Certificado o Constancia de Estudios regulares, Secundarios; Terciarios y/o Universitarios en establecimientos Oficialmente reconocidos
• Constancia de CUIL emitida por ANSES
• Ultimo recibo de sueldo
• Certificación negativa ANSES
VIGENCIA: 6 meses
RENOVACIÓN: Certificado de estudio actualizado y último recibo de sueldo.
En estos casos no requiere la tramitación de la guarda de el/los menores, a favor del beneficiario titular
•Acreditación de vínculo mediante Acta de Matrimonio, Certificado o Libreta de Matrimonio del Reg. Civil entre el beneficiario titular y el progenitor del menor
• Partida de nacimiento
• Acreditación de la tenencia a cargo del progenitor casado con el titular (Acta Acuerdo “Cuidado Personal del Hijo y Derecho De Comunicación, Partida de Nacimiento sin reconocimiento del padre biológico, Certificado de Defunción del padre)
• Certificados de domicilio titular y menor
• DNI titular y menor
• Constancia de CUIL del menor emitida por ANSES
• Último recibo de sueldo
VIGENCIA: 1 año
RENOVACIÓN: último recibo de sueldo
• Igual documentación requerida para el vínculo según corresponda, más:
• Certificado de Discapacidad -CUD- VIGENTE otorgado por Ministerio de Salud u organismo oficial, indicando patología y grado de incapacidad.
• Certificación negativa ANSES
• DNI del titular y del menor
• Constancia de guarda o tenencia judicial definitiva otorgada por juez de menores en favor del titular, en caso de tenencia provisoria la inclusión procederá hasta el vencimiento de la misma.
• Certificados de domicilio del titular y menor
• Constancia de CUIL emitida por ANSES
• Último recibo de sueldo
VIGENCIA: 1 año
RENOVACIÓN: último recibo de sueldo
(Ascendientes)
(Corresponde el aporte adicional del 1,5%)
•Podrán ser incluidos únicamente cuando sean mayores de 60 años de edad o se encuentren incapacitados para trabajar y siempre que no resulten ser beneficiarios de jubilaciones o pensiones y por ende no ser beneficiarios de otros entes a nivel nacional o provincial
• En caso que se encuentre incapacitado, no rige límite de edad, debiendo adicionar al Certificado de Discapacidad otorgado por el Ministerio de Salud u organismo oficial, indicando patología y grado de incapacidad
• Partida de nacimiento con la que acreditaran el vínculo que invocan
• Certificados de domicilio con los que se acreditan que viven bajo el mismo techo
• Información sumaria judicial en la que expresamente indique que vive a exclusivo cargo del beneficiario titular
• Certificado extendido por el ANSES en el que expresamente se indique que no resulta ser beneficiario de jubilación o pensión alguna
• DNI padre y titular
• Último recibo de sueldo
VIGENCIA: 1 año
RENOVACIÓN: Dictamen anterior, constancia de ANSES actualizada y último recibo de sueldo con aporte adicional del 1,5%
Corresponde el aporte adicional del 1,5%
Los nietos de los titulares que no cuenten con guarda judicial a favor del abuelo, y que el menor no haya sido reconocido por el padre, y la hija del titular sea menor de edad, podrán incluirse como familiares a cargo.
• Certificado de nacimiento del menor y de la madre
• Certificado de domicilio titular, madre del menor y menor
• Información Sumaria Judicial acreditando que el padre del recién nacido no se hace cargo del menor
• Constancia de CUIL emitida por ANSES
• DNI titular, madre del menor y menor
• Último recibo de sueldo
VIGENCIA: El dictamen se emitirá con la Validez de un año, y la inclusión solo durará hasta que la madre cumpla la mayoría de edad, en cuyo caso quedarán ambos sin cobertura.
RENOVACIÓN: Dictamen anterior, DNI de la madre del menor y último recibo de sueldo con aporte adicional del 1,5%
• Cualquier extranjero que pretenda incluirse dentro de la Obra Social en cualquier categoría que fuere deberá tener actualizada su situación migratoria, la cual se acreditará únicamente con el comprobante extendido con Membrete de la Dirección Nacional de Migraciones donde conste que es residente precario transitorio y/o permanente vigente.
• El Titular extranjero con residencia precaria no tendrá DNI Argentino ya que la Residencia en forma Precaria no lo habilita para obtener el documento nacional de identidad; en consecuencia deberá acreditar que se encuentra en condiciones de incluirse con el Nro. de CUIL con el cual trabaja y que figura en su recibo de haberes (Constancia de CUIL emitida por la ANSES)
• Además de la correspondiente constancia extendida por la Autoridades Migratorias (Pasaporte o CI extranjera).
• La familia del Beneficiario Titular considerado en el punto 1
• deberá igualmente acreditar su situación Migratoria.
• La documentación personal la acreditará con el Documento extranjero, más la residencia precaria extendida por migraciones y las partidas que acrediten el vínculo, en todos los casos deben estar legalizadas por el Consulado del país de origen o si posee el sello de "Apostille", no es necesaria dicha legalización
• Además, de acuerdo a las disposiciones vigentes, para poder ser dado de alta en el padrón de obra social deberá realizar la acreditación de datos ante la ANSES.
• En el caso de Matrimonio celebrado en el extranjero deberá presentarse el Certificado de Matrimonio Legalizado por el Consulado del país de origen o sello de Apostille
• En el caso de convivientes para poder ser incluidas tendrán que tener su situación migratoria en regla, esto es con la residencia precaria transitoria y/o permanente
• El resto de la documentación a presentar es la misma que para el caso de las convivientes nacionales.-
Se comunica que a partir del 1/11/2024, nuestra Obra Social no se encuentra Inscripta en el registro de Obras Sociales para recibir contribuyentes monotributista y monotributista sociales
A los fines informativos, les facilitamos el link de la Superintendencia de Servicios de salud donde podrá consultar las entidades inscriptas
Se comunica que a partir del 1/11/2024, nuestra Obra Social no se encuentra Inscripta en el registro de Obras Sociales para recibir contribuyentes monotributista y monotributista sociales
A los fines informativos, les facilitamos el link de la Superintendencia de Servicios de salud donde podrá consultar las entidades inscriptas
Con motivo de estar trabajando en las nuevas herramientas para mejorar el servicio, las AFILIACIONES de MONOTRIBUTISTAS/ MONOTRIBUTISTAS SOCIALES y SERVICIO DOMESTICO, se realizan en forma presencial con TURNO PREVIO."
"Para sacar turnos de afiliación deberán comunicarse al 0800-222-0123 (sólo AMBA) de lunes a viernes de 14 a 17h."
Corrobore el estado de sus aportes previamente ingresando a : https://www.sssalud.gob.ar/index.php?cat=consultas&page=mono_pagos_sd
PAGO ADHERENTE • FORMULARIO 575 DE AFIP, IMPUESTO 947, CPTO 894, SUBCPTO 894
PAGO DIFERENCIA DE APORTE DEL TITULAR • FORMULARIO 575 DE AFIP, IMPUESTO 947, CPTO 895, SUBCPTO 895
• DNI Titular
• Formulario 102 de AFIP de Servicio Doméstico
• Último ticket de pago como Servicio Doméstico del F102 de AFIP
• Constancia de Opción de Cambio de la SSSalud/ se omite su Ud. ya tiene opción en OSPECON
• DNI de TITULAR y Cónyuge
• Acreditación de vínculo con el Acta de Matrimonio, Certificado o Libreta de Matrimonio del Reg. Civil
• Certificación NEGATIVA emitida por ANSES
• Constancia de CUIL del cónyuge emitida por ANSES
• Ticket de pago por adherente declarado (F575 concepto 894, subconcepto 894)
• DNI de TITULAR y Conviviente
• Certificado de domicilio de TITULAR y Conviviente
• Unión Convivencial emitido por Registro Civil o Información Sumaria Judicial actualizada donde debe exponer el titular acreditando la convivencia mayor a 2 (dos) años, que conste que el conviviente no percibe ningún beneficio social, jubilación ni pensión y todo lo dicho esté ratificado al menos por 2 testigos
• Certificación negativa ANSES del conviviente
• En caso que posean hijos en común podrá reemplazar la Unión Convivencial o la Información Sumaria Judicial por Certificado o Acta de Nacimiento
• Ticket de pago por adherente declarado (F575 IMPUESTO 947, concepto 894, subconcepto 894)
VIGENCIA: 1 año
RENOVACIÓN:: Dictamen anterior, certificación negativa de ANSES actualizada del/a concubina/o y Ticket de pago por adherente declarado (F575 IMPUESTO 947, concepto 894, subconcepto 894)
• DNI de TITULAR e Hijo
• Acreditación de vínculo con el Acta o Partida de nacimiento/Anotación en Libreta de Familia del Registro Civil
• Constancia de CUIL de la ANSES del HIJO
• Ticket de pago por adherente declarado (F575 IMPUESTO 947, concepto 894, subconcepto 894)
(Hijo mayor de 21 años, estudiante, hasta 25 años inclusive)
• Igual documentación que "Hijo" más,
• Certificado de estar cursando estudios regulares, secundarios o terciarios en establecimientos oficialmente reconocidos
• Constancia de CUIL emitida por ANSES
• Ticket de pago por adherente declarado (F575 IMPUESTO 947, concepto 894, subconcepto 894)
VIGENCIA: 6 meses
RENOVACIÓN: Dictamen anterior, certificado de estudios actualizado, Certificación negativa de ANSES del HIJO ESTUDIANTE, Ticket de pago por adherente declarado (F575 IMPUESTO 947, concepto 894, subconcepto 894)
(En estos casos no requiere la tramitación de la guarda de el/los menores, a favor del beneficiario titular)
• Certificado o libreta de Matrimonio, con la que acredita el casamiento legal entre el beneficiario titular y el progenitor del menor
• Partida de nacimiento
• Acreditación de la tenencia a cargo del progenitor casado con el titular
• Certificación negativa de ANSES del HIJO DE CONYUGE
• Certificados de domicilio titular y menor
• DNI titular y menor
• Ticket de pago por adherente declarado (F575 IMPUESTO 947, concepto 894, subconcepto 894)
VIGENCIA: 1 año
RENOVACIÓN: Dictamen anterior, Certificación negativa de ANSES del HIJO DE CONYUGE, Ticket de pago por adherente declarado (F575 IMPUESTO 947, concepto 894, subconcepto 894)
(Hijo mayor de 21 años, Discapacitado)
• Igual documentación que "Hijo" más,
• Certificado de Discapacidad otorgado por Ministerio de Salud u organismo oficial, indicando patología y grado de incapacidad .
• Certificación negativa de ANSES del HIJO DE DISCAPACITADO
• Ticket de pago por adherente declarado (F575 IMPUESTO 947, concepto 894, subconcepto 894)
VIGENCIA: 1 año
RENOVACIÓN: Dictamen anterior, certificado de discapacidad actualizado, Certificación negativa de ANSES del HIJO DE DISCAPACITADO y comprobante de pago del mes en curso con el pago correspondiente por el grupo familiar
• DNI del titular y del menor
• Constancia de guarda o tenencia judicial definitiva otorgada por juez de menores en favor del titular. En caso de tenencia provisoria la inclusión procederá hasta el vencimiento de la misma.
• Certificados de domicilio titular y menor .
• Certificación negativa de ANSES del Menor a Cargo
• Ticket de pago por adherente declarado (F575 IMPUESTO 947, concepto 894, subconcepto 894)
VIGENCIA: 1 año
RENOVACIÓN: Dictamen anterior, Certificación negativa de ANSES del Menor a Cargo y comprobante de pago del mes en curso con el pago correspondiente por el grupo familiar
• Cualquier extranjero que pretenda incluirse dentro de la Obra Social en cualquier categoría que fuere deberá tener actualizada su situación migratoria, la cual se acreditará únicamente con el comprobante extendido con Membrete de la Dirección Nacional de Migraciones donde conste que es residente precario transitorio y/o permanente vigente.
• El Titular extranjero con residencia precaria no tendrá DNI Argentino ya que la Residencia en forma Precaria no lo habilita para obtener el documento nacional de identidad; en consecuencia deberá acreditar que se encuentra en condiciones de incluirse con el Nro de CUIL con el cual trabaja y que figura en Ticket de pago (Constancia de CUIL emitida por la ANSES). Además de la correspondiente constancia extendida por la Autoridades Migratorias (Pasaporte o CI extranjera).
• La familia del Beneficiario Titular considerado en el punto 1 deberá igualmente acreditar su situación Migratoria.
• La documentación personal la acreditará con el Documento extranjero, más la residencia precaria extendida por migraciones y las partidas que acrediten el vínculo, en todos los casos deben estar legalizadas por el Consulado del país de origen o si posee el sello de "Apostille", no es necesaria dicha legalización.
• Además, de acuerdo a las disposiciones vigentes, para poder ser dado de alta en el padrón de obra social deberá realizar la acreditación de datos ante la ANSES.
• En el caso de Matrimonio celebrado en el extranjero deberá presentarse el Certificado de Matrimonio Legalizado por el Consulado del país de origen o sello de Apostille.
• En el caso de convivientes para poder ser incluidas tendrán que tener su situación migratoria en regla, esto es con la residencia precaria transitoria y/o permanente. El resto de la documentación a presentar es la misma que para el caso de las convivientes nacionales.-
En caso de BAJA, deberá informar a la Obra Social al momento de producida la misma, con el fin de no generar deuda
Las solicitudes de bajas de las afiliaciones deberán ser gestionadas en el Centro Médico más cercano a su domicilio con una nota confeccionada por el titular informando que requiere la baja.
Ahora la *Opción de Cambio o Traspaso* (Res. 1216/2020 SSSalud) la gestionás vos directamente en, *MI SSSALUD* El trámite es personal, sin intermediarios, sin necesidad de trasladarte. Simple, ágil y transparente.
Requisitos: tener clave fiscal nivel 3 o superior.
Ingresando a Web de la Superintendencia de Servicios de Salud
Una vez que obtengas la confirmación de la Opción de Cambio o Traspaso por parte de la SSSalud podes acercarte a afiliarte a nuestra Obra Social.