Se reitera por este medio que nuestra Obra Social del Personal de la Construcción - Construir Salud - OSPECON cumple acabadamente con las disposiciones que establecen la cobertura para los pacientes celíacos, cuyos beneficios se encuentran previstos en el Art. 7 del Dcto. 528/11 y sus modificatorias introducidas por Res. 1365/15 del Ministerio de Salud, debiendo presentar para ello la documentación respaldatoria que acredite su condición habilitando el beneficio.
Interrupción legal del embarazo (ILE) / Interrupción voluntaria del embarazo (IVE). Ley N° 27610, cobertura de métodos de interrupción y asesoramiento especializado. En los Centros de salud de la obra social existen equipos profesionales de salud sexual que brindan información y asesoramiento sobre interrupción del embarazo y garantizan su realización. Para acceder a la información o las prestaciones adecuadas pueden comunicarse por mail a : [email protected]
Sr. Beneficiario Monotributista, tal como lo establece la ley 24.977 o 26.565 y sus modificaciones, es condición ineludible, contar con sus aportes al día para acceder a sus atenciones médicas. Bajo ningún concepto se aceptarán pagos retroactivos a fin de subsanar la falta de pago en término